Nueva Ley de Inversiones ofrece descuentos de hasta el 80% en el IUE, pero con condiciones
La reciente propuesta de Ley de Inversiones otorga incentivos fiscales temporales a proyectos específicos, con un esquema que varía según la evaluación de cada iniciativa.
La nueva Ley de Inversiones ha llegado con una serie de beneficios tributarios que están sujetos a ciertas condiciones. Estos beneficios son de carácter temporal y se dividen en dos categorías: automáticos y aquellos que deben ser evaluados para su calificación.
Entre los aspectos más destacados de esta ley, se menciona que la importación de maquinaria, equipos y bienes de capital que sean parte de una inversión elegible podrá gozar de exenciones en el Gravamen Arancelario e Impuesto al Valor Agregado (IVA), siempre que dichos bienes no estén producidos localmente. Esta norma se extiende también a piezas y accesorios esenciales para el funcionamiento de estos equipos.
Cabe subrayar que si un bien tiene su equivalencia en producción nacional, la empresa deberá adquirirlo en el mercado local y no podrá beneficiarse de la exención. Además, este estímulo se aplicará a importaciones realizadas dentro de los tres años posteriores al registro del proyecto.
Para que una empresa pueda acceder a estos beneficios en la Aduana, es necesario que registre el proyecto e incluya una declaración jurada que respalde su uso productivo. La Agencia Nacional de Aduanas se encargará de aplicar la exención correspondiente, aunque se realizarán controles posteriores basados en el riesgo.
Los proyectos serán evaluados sobre una escala de cien puntos, considerando factores como la creación de empleo, la innovación, las exportaciones, la compra de insumos nacionales y el compromiso con la sostenibilidad. Para calificar para el crédito tributario relacionado al Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), un proyecto debe sumar al menos 40 puntos en esta evaluación.
Los descuentos en el IUE se distribuyen de la siguiente manera: entre 40 y 54 puntos el descuento es del 25%, entre 65 y 69 puntos del 40%, entre 70 y 84 puntos del 60%, y si se alcanzan entre 85 y 100 puntos, el descuento será del 80%.
Es importante mencionar que el crédito tributario no puede exceder el 80% del IUE calculado antes de aplicar el beneficio en cada gestión fiscal y no se puede acumular para el siguiente año si no se utiliza. Como alternativa a este crédito, las empresas también pueden optar por la depreciación acelerada, que reduce la vida útil fiscal de los bienes elegibles hasta en un 50%. Sin embargo, las empresas solo podrán elegir una de estas opciones.