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jueves 29 de octubre de 2026

Política

Lara asume como Presidente en Ejercicio durante el viaje de Paz

El Vicepresidente Edmand Lara ha confirmado que ejercerá como Presidente en Ejercicio mientras Rodrigo Paz esté en el extranjero, destacando la vigencia de la Constitución sobre el uso de tecnología para gobernar a distancia.

Por Diego Rocha · 21 de septiembre de 2026

El Vicepresidente de Bolivia, Edmand Lara, anunció que, tras asesorarse con su equipo legal, tomará el cargo de "Presidente en Ejercicio" cuando el presidente Rodrigo Paz se encuentre fuera del país. Esta decisión se enmarca dentro del artículo 169 de la Constitución Política del Estado, que regula la suplencia presidencial en caso de ausencia temporal.

Rodrigo Paz se encuentra actualmente en Estados Unidos, donde participa en la Asamblea General de la ONU. Lara afirmó que, dado que el presidente está ausente, él asumirá el rol correspondiente durante su falta, que se espera sea hasta que Paz regrese.

Lara hizo hincapié en que su función se basa en lo estipulado por la Constitución, resaltando que esta tiene mayor importancia que el Decreto 5515, el cual permite que Paz gobierne mediante tecnología mientras está fuera. "La tecnología es útil para la comunicación, pero no cambia la ley fundamental del país".

Cabe señalar que su suplencia como Presidente en Ejercicio será breve, ya que mañana Lara viajará a Paraguay para firmar un memorándum de entendimiento y sostener reuniones con líderes paraguayos. En ese momento, la suplencia recaerá en el Presidente del Senado.

Lara concluyó aclarando que no se está llevando a cabo un "Golpe de Estado" y que el Decreto 5515 no es rechazado, sino que se está actuando en conformidad con lo establecido en la Constitución. La norma indica que en caso de ausencia temporal, el Vicepresidente asume la presidencia por un período no mayor a noventa días.

"Lo que acá va a cumplirse es la Constitución Política del Estado, que está por encima del Decreto 5515".

El artículo 169 de la Constitución establece que "en caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente". Además, menciona que en casos de ausencia temporal, el Vicepresidente asume hasta por noventa días.